Quiero montar un portabicicletas. ¿Se debe legalizar?

Si el portabicicletas es desmontable no es necesaria su legalización. Pero si tapa la matrícula o los pilotos traseros se debe poner un kit de matrícula y de iluminación complementarios.

En el caso de portabicicletas sobre una bola de remolque tampoco se debe legalizar porque es desmontable. Ahora bien, el enganche y la bola sí se deben legalizar y anotar en la tarjeta de ITV del vehículo, porque se considera una reforma.

¿Por qué se deben legalizar las reformas en los vehículos?

Para poder poner en circulación los vehículos, éstos deben estar “homologados”. Deben cumplir una serie de requisitos técnicos de seguridad y de protección al medio ambiente que permitan disminuir los accidentes y sus consecuencias, así como evitar la contaminación del aire que nos rodea. Aparte de esto, también se tienen que fabricar de forma sostenible y poderlos reciclar al final de su vida útil.

Para alcanzar estos objetivos se aplican normas técnicas que están en constante evolución y que afectan de esta forma a los vehículos:

  • Componentes (luces, pilotos, cinturones, neumáticos, airbags, cristales, retrovisores, frenos, catalizadores, silenciadores, ….)
  • Su instalación en cada categoría o tipo de vehículos (posición, tamaños, funcionamiento ….)
  • Su funcionalidad formando parte de conjuntos o sistemas completos (dirección, frenado, visibilidad, emisiones, consumo ….)

¿Qué pasa cuando introducimos una modificación? ¿Cómo afecta a las condiciones originales de homologación?

¿Cómo afecta una modificación como por ejemplo poner faros de LEDs, un enganche de remolque, un parachoques diferente, suspensiones diferentes, montaje de ciertos elementos en un furgón para convertirlo en vivienda, instalar GLP, doble mando de autoescuela, plataforma para sillas de ruedas, montaje de una grúa en un camión, etc, etc?

A priori cualquier modificación puede afectar las condiciones de homologación iniciales del vehículo y esta afectación es la que debe evaluarse, comprobando que aquellas condiciones de seguridad y de protección al medio ambiente se siguen cumpliendo de la misma forma o de forma equivalente .

Un portabicicletas montado en el techo o sobre el portón posterior es un elemento desmontable que, mientras esté homologado y previsto para nuestro vehículo no es necesario legalizarlo porque no modifica la estructura ni ningún sistema. Tendremos que mirar las normas de circulación y asegurar que los pilotos de señalización posterior sean visibles acoplando si es necesario un kit de luces y de placa de matrícula desmontable.

Instalar un enganche de remolque sí requiere la legalización porque debe haber unos anclajes a la estructura que lo permitan, una conexión eléctrica, o unas condiciones dimensionales exteriores que no afecten la visibilidad de los pilotos o de la matrícula. Además porque se trata de un montaje permanente.

Unos neumáticos muy diferentes en su diámetro exterior pueden afectar a la velocidad que nos muestra el velocímetro o el consumo y por tanto las emisiones por ejemplo.

Una suspensión diferente afecta al comportamiento en las frenadas o la estabilidad.

Por supuesto cambiar la caja entera de un camión, montar una grúa o una plataforma de carga afectan a muchas más cosas.

Informarse previamente.

Por estas razones si queremos introducir una modificación en nuestro vehículo y no sabemos cómo puede afectar a las condiciones originales, nuestro consejo es informarse previamente de si se puede hacer o no, de si hay que legalizarla y, en todo caso, los documentos necesarios para hacerlo.