La fecha de caducidad no cambia con la prórroga por la covid-19

Desde que las estaciones de ITV hemos vuelto a abrir, una de las preguntas que más veces hemos respondido es sobre la fecha de la siguiente revisión. Aunque la ITV se haya superado durante el mes de julio de 2020, si la revisión del vehículo había caducado durante el estado de alarma, la fecha para la siguiente revisión cuenta a partir de la de la ficha técnica, no cuando se haya realizado.

La pandemia y el confinamiento obligaron a las estaciones a cerrar alrededor de unos dos meses –el estado de alarma duró más de tres meses–, cosa que ha implicado tomar unas decisiones excepcionales sobre estas. Por un lado el gobierno decretó la prórroga para todas las ITV que hubieran caducado durante los tres meses de estado de alarma (calcula cuanto dura tu prórroga si este es tu caso) con 15 días extra por cada semana de confinamiento. Posteriormente, el 7 de julio aprobó que los vehículos a los que les haya caducado en verano –des del 21 de junio y el 31 de agosto– tenían una prórroga de tres meses para pasarla, a partir de la fecha de caducidad. Estas dos prórrogas implican, sobre todo, que no te pueden sancionar si circulas con la ITV caducada, pero des del momento en qué las estaciones volvieron a abrir, la recomendación general era –y es– que el conductor pase la revisión cuanto antes mejor por seguridad y por el cuidado del medio ambiente.

Por este motivo, y para no arrastrar una situación de anormalidad los próximos años, según el apartado segundo de la Orden SND/413/2020, cualquier vehículo cuya ITV haya caducado dentro del periodo del estado de alarma, la fecha de la próxima revisión la marcará la del día que le caducó, no la del día que la superó. Por ejemplo:

  • Vehiculo turismo de 6 años de antigüedad
  • Caducidad ITV: 25/04/2020
  • Fecha inspección favorable: 07/07/2020
  • Fecha de la siguiente inspección: 25/04/2022

¿Y si no se superó la primera inspección y no se pudo realizar la segunda por el confinamiento? En este caso, lo que hemos explicado anteriormente no se aplica. Si la primera inspección se realizó antes de establecerse el estado de alarma y el resultado fue desfavorable, y la segunda inspección no se pudo realizar durante los dos meses posteriores porqué las estaciones estaban cerradas, y se ha realizado, y superado, muchos después. En este supuesto, debe darse la fecha de la próxima revisión con base en la fecha de la segunda revisión. Por ejemplo:

  • Vehiculo turismo de 6 años de antigüedad
  • Caducidad ITV e inspección, desfavorable: 25/02/2020
  • Fecha segunda inspección, favorable: 07/07/2020
  • Fecha de la siguiente inspección: 07/07/2022

Y si la ITV caducó después del estado de alarma, durante los meses de verano, el 7 de julio el Gobierno dio tres meses extra de prórroga, pero la caducidad sigue siendo la misma. Por ejemplo:

  • Vehiculo turismo de 6 años de antigüedad
  • Caducidad ITV: 25/07/2020
  • Fecha inspección: 07/10/2020
  • Fecha de la siguiente inspección: 25/07/2022