Las familias con hijos cada vez necesitan coches más grandes. Por este motivo todas las marcas han apostado fuerte por los turismos monovolumen, pero cada vez es más habitual ver furgonetas, que antes solo se usaban para trabajar para transportar material, en manos de padres y madres con sillitas y los cochecitos doblados en el maletero. El problema puede ser que esta esté calificada de furgoneta, es decir, vehículo laboral, y no como turismo, puesto que entonces la periodicidad para pasar las revisiones obligatorias de la ITV no son las mismas. Por lo tanto, nos tenemos que fijar en la calificación del coche –está en la ficha técnica de la documentación– para que no nos encontremos con la ITV caducada y no nos hayamos dado cuenta.
Pero además hay que tener en cuenta el cambio en el reglamento que entró en vigor el 20 de mayo de 2018. Hasta esta fecha, los vehículos tenían que pasar la ITV en función de su uso y no de su calificación. Es decir, los vehículos de alquiler sin conductor eran considerados vehículos laborales porque se hacía un uso más intenso que los coches particulares, y tenían que pasar la ITV con más frecuencia, como las furgonetas. A partir de mayo de 2018 ya no es así, con la excepción de los taxis y VTC –vehículos de transporte con conductor– como UBER y Cabify, que continúan pasando la ITV como las furgonetas de uso laboral.
El cambio de reglamento también ha afectado al revés a otros vehículos. Por ejemplo, las furgonetas adaptadas como viviendas –tipo Camper– o las autocaravanas, hasta mayo del año pasado tenían que pasar la ITV como turismos porque su uso era particular y no profesional. A partir de esta fecha, en cambio, lo tienen que pasar como las furgonetas, es decir, mucho más a menudo.
¿Qué pasa, por lo tanto, si habíamos comprado un vehículo de estos unos meses antes del 20 mayo de 2018? Por ejemplo, hemos comprado un turismo para alquilarlo y está matriculado el 10 de enero de 2018. En la ficha técnica constará que la primera ITV la tiene que pasar el 10 de enero de 2020, pero con el cambio de reglamento ya no es así. Esto quiere decir que tendremos que ir a Tráfico a pedir que nos cambien la fecha de la ficha técnica y que ponga que la primera revisión le toca el 10 de enero de 2022. Y en el caso de una autocaravana, lo mismo pero contando con que tendrá que pasar la primera revisión dos años antes de lo que teníamos pensado.
Demos un repaso a las fechas clave para saber cada cuándo toca hacer la Inspección Técnica de Vehículos en función del tipo de vehículo:
Turismos | Primera ITV | A los 4 años (*) |
De los 4 a los 10 años | Cada dos años | |
A partir de los 10 años | Cada año | |
Motocicletas (+50cc) | Primera ITV | A los 4 años (*) |
A partir de los 4 años | Cada dos años | |
Ciclomotores (-50cc) | Primera ITV | A los 3 años (*) |
A partir de los 3 años | Cada dos años | |
Furgonetas y camiones ligeros (-3.500kg) | Primera ITV | A los 2 años (*) |
De los 2 a los 6 años | Cada dos años | |
De los 6 a los 10 años | Cada año | |
A partir de los 10 años | Cada 6 meses | |
Camions pesats (+3.500kg) | Primera ITV | Al cabo de 1 año (*) |
Los 10 primeros años | Cada año | |
A partir de los 10 años | Cada 6 meses |
(*) Desde la primera matriculación